Mujeres de la PM: Arzobispado de Lima advierte posible excomunión por acto sacrílego

por developer
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Monseñor Castillo toma drástica decisión.

El Arzobispado de Lima, bajo la dirección de monseñor Carlos Castillo Mattasoglio, emitió una declaración en relación con el programa de YouTube “Mujeres de la PM”, protagonizado por las actrices Katia Condos, Rebeca Escribens, Almendra Gomelsky y Gianella Neyra. En el comunicado, se señala que el programa incurrió en un acto de sacrilegio al sugerir el uso de la hostia en prácticas esotéricas.

Según el derecho canónico, la entidad eclesiástica indica que corresponde la excomunión latae sententiae, una medida que implica la pérdida automática de ciertos privilegios espirituales dentro de la comunidad eclesiástica. Monseñor Carlos Castillo expresó en el documento: “Las personas que han cometido este agravio, si bien ya han retirado el indigno pasaje del video, deben recordar que no se ha cometido solo un acto sacrílego, sino también un daño a un valor fundamental que contribuye a la unidad y conformación humana y espiritual de la nación peruana, que está protegida en el art. 50 de la Constitución de 1993”.

El Arzobispado invocó a creyentes y no creyentes “a proteger los elementos de valor humano y religioso que [se] han heredado desde la fundación de la República”. Desde su perspectiva, estos no deben ser “pisoteados, mal usados, denigrados, vapuleados ni confundidos con sortilegios y hechicerías que, más bien, constituyen un signo de antireligión”.

El comunicado enfatizó que la confusión generada por estas acciones no solo desprecia la contribución de la fe católica a la vida nacional, sino que también “conduce a burlar los valores sagrados”. El texto concluyó con una condena a las “acciones y actitudes frívolas que destruyen la base de la vida de nuestra sociedad” y expresan, según la perspectiva del Arzobispado, “una opción por la anarquía, la ofensa, el uso individualista y el maltrato como forma de comportamiento que no podemos aceptar para la convivencia social”.

Se señaló que la excomunión puede aplicarse de dos maneras, dependiendo de la gravedad de la falta: ferendae sententiae (infligida por una decisión judicial o administrativa) o latae sententiae (automática, aplicada en casos de apostasía, herejía, cisma, entre otros).

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